Les recordamos que el código de expediente que aparece en la publicación es EL CÓDIGO DE EXPEDIENTE que figura en el resguardo de la solicitud, seguido de los 3 dígitos (001, 002, 003…) por cada hijo que solicite la ayuda, y en el orden en que aparecen en la solicitud.
Ejemplo de solicitud para 2 hijos:
Código de Expediente: 108 (su expediente de becas será el 108 + 3 dígitos)
Expediente de becas 108001 (para el niño cuyos datos aparecen en primer lugar)
Expediente de becas 108002 (para el niño cuyos datos aparecen en segundo lugar)
-Plazo de Presentación de solicitudes (para Educación Infantil y Primaria): CERRADO-del 10 de abril al 8 de mayo de 2024.
Alumnos de primera matriculación: CERRADO- del 10 de abril al 8 de mayo, Siempre se deben presentar en le Centro donde se vaya a presentar la solicitud de admisión como primera opción.
**Consulte la convocatoria, requisitos y documentación la web del Ayuntamiento de Oviedo
-Dónde recojo el impreso de solicitud:
El impreso de solicitud se puede recoger en la secretaría del Centro Educativo con CITA PREVIA***.
--La particularidad del impreso de solicitud hace que sea imposible enviar dicho documento por correo electrónico--
*** Aquellas familias que tienen matriculado a un alumno/a en el Centro, si así lo desean, podrán solicitar que se les envíe el impreso por su hijo/a a través de este FORMULARIO CERRADO Es UN IMPRESO por FAMILIA, no por alumno/a. Aquellas familias que tienen un hermano/a que empieza en 3 años para el curso 2024/2025 y que aun no está matriculado/a, deberán incluirlo/a en el mismo impreso. Fecha límite para solicitar el impreso de esta forma CERRADO( 7 de mayo a las 15.00h)
-Dónde y como presento el impreso una vez cubierto y firmado:
IMPORTANTE: El impreso una vez cubierto, firmado por ambos padres o tutores (obligatoriamente por ambos, salvo causas debidamente justificadas p. ej. familias monoparentales) y con las fotocopias de la documentación requerida DEBERA SER ENTREGADO por el padre o madre o tutor/a legal o persona autorizada por ellos del alumno/a en la Secretaría del Centro (o en la forma previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) se recomienda CITA PREVIA
PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES:
El impreso una vez cubierto, firmado por ambos padres o tutores (obligatoriamente por ambos, salvo casos debidamente justificados p. ej. f.monoparentales ) y con las fotocopias de la documentación requerida DEBERA SER ENTREGADO por el padre o madre o tutor/a legal o persona autorizada por ellos del alumno/a en la Secretaría del Centro (o en la forma previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre**) concita previa. Pida cita previa aquí: CITA PREVIA
Además de la secretaría del centro lo puedes presentar:
**PRESENCIALMENTE:
-En el Registro General del Ayuntamiento de Oviedo Calle Quintana 8, y en el resto deAdministraciones Públicas en la forma que tengan establecidas sus normas defuncionamiento.
-En el Registro de Educación en Calle Quintana 6
-Oficinas de Correos dirigido a la atención de Becas-Educación en C/Quintana nº 6,33009 Oviedo, art.31 Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales
-En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
-En las oficinas de asistencia en materia de registros.
-Centro Educativo en el que el alumno/a esté matriculado o vaya a estarlo.
**POR MEDIOS ELECTRÓNICOS
-A través del Registro Electrónico General de la Administración del Estado (rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do)
-Portal del Ciudadano del Ayuntamiento de Oviedo sede.oviedo.es/
-Cualquier otro registro electrónico que contemple la posibilidad de registrar en elAyuntamiento de Oviedo.
EN EL REVERSO DEL IMPRESO
Junto con la solicitud deberá aportarse la siguiente documentación obligatoria (TODOS):
-Fotocopia DNI padres/tutores/parejas, NIE o pasaporte, en caso de carecer de NIE
-Solicitantes con Pasaporte O NIE (aunque sea temporal) deben aporter éste.
-Libro de Familia o documento oficial acreditativo.
-Sentencia de Separación o divorcio, Convenio Regulador o Sentencia de Guardia y Custodia y pesión de alimentos.
*En caso de haberse iniciado actuaciones judiciales conducentes a la obtención de separación,divorcio o separaciones de uniones de hecho con hijos reconocidos, sin existir a fecha de presentación de solicitud resolución judicial al respecto, deberá aportarse la documentación relacionada en esta convocatoria referida a ambos progenitores.
*En situaciones de impago de las citadas aportaciones económicas, copia de la solicitud deejecución de la sentencia presentada ante el juzgado o justificante de inicio de las actuaciones. En caso de no presentar dicha documentación, se considerará que se está recibiendo la cuantía de las pensiones compensatorias o de alimentos establecidas inicialmente, computando esas cantidades como ingresos efectivos.
* En caso de que no se detalle expresamente en el convenio regulador o Resolución judicial el importe de las pensiones a percibir, por haberse establecido un porcentaje determinado sobre los ingresos del progenitor, deberá acreditarse documentalmente el importe percibido en el ejercicio computable.
* En caso de guardia y custodia compartida, copia de Sentencia y acreditación de ingresos de cada progenitor custodio.
-Volante de empadronamiento en caso de estar empadronado fuera de Oviedo. Si está empadronado en Oviedo y no manifiesta oposición, se recabará de Oficio.
-Justificante de ingresos en el extranjero
-En caso de cambio de situación económica (disminución de un 30% respecto al 2022) deberán presentar un escrito en el que se manifieste su cambio de situación así como algún documento que lo justifique.
*En los casos en que la situación económica familiar haya variado sustancialmente respecto al ejercicio computable (Ejercicio 2022) será preciso que el solicitante exponga y acredite documentalmente junto con la solicitud, tanto la realidad de los hechos causantes de la situación económica como las características de la misma, dicha situación debe darse a fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA).
Justificación de los nuevos ingresos obtenidos durante los 3 meses anteriores a la fecha de presentación de solicitud (Informe de Vida laboral; Nóminas, en el caso de trabajadores por cuenta ajena; Declaración trimestral Modelo 130 o 131, en el caso de trabajadores por cuenta propia; Certificado que acredite los importes prestación/subsidio de desempleo en dicho periodo…).
si se pretendiera no presentar documentos que ya hubieran sido aportados con anterioridad ante la administración por parte del interesado, habrá de indicarse por este, en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, con el fin de que la Administración pueda recabarlos electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.
OTRA DOCUMENTACIÓN a PRESENTAR SI DISPONE DE ELLA:
-Título de familia numerosa.
-Certificado acreditativo y justificación de encontrarse en situación de desempleo, y estar inscrito como Demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo del padre y madre o tutor o persona unida por análoga relación de afectividad, y certificado que acredite que no percibe prestación o subsidio por desempleo a fecha de presentación de solicitud. Dichos certificados serán incorporados de oficio si no consta oposición por parte del interesado.
-Certificado acreditativo de poseer una discapacidad igual o superior al 33% de alguno de los miembros computables de la unidad familiar.
-La condición de familia monoparental quedará acreditada con la documentación señalada en los artículos anteriores.
FIRMAS Y AUTORIZACIONES
-La solicitud debe estar firmada por ambos padres/tutores.
-En caso de separación o divorcio con CUSTODIA COMPARTIDA, La solicitud debe ESTAR FIRMADA POR AMBOS PADRES o TUTORES
-MARCAR con una cruz las casillias junto a las firmas para autorizar consulta de datos en la Agencia Estatal de Administración Tributaria y consulte datos del Salario social básico del año 2022
En la solicitud, si no consta la oposición expresa de los solicitantes, y de conformidad con lo establecido en artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se entiende que autorizan a esta Administración a recabar los datos que se señalan a continuación, a través de las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, con el fin de obtener los documentos necesarios para la resolución del presente procedimiento, así como para la verificación, en su caso, del mantenimiento del cumplimiento de los requisitos:
-A la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la información necesaria para determinar la renta de la unidad familiar del ejercicio 2022.
-A la Dirección General de la Policía, la información relativa a verificación de datos de identidad e histórico de residencia legal y trámites, a los únicos efectos de conocer si se ha producido la nacionalización desde el ejercicio computable al actual.
A la Tesorería General de Seguridad Social, la información necesaria para determinar la situación laboral a fecha de presentación de solicitud de los padres, tutores o acogedores o persona unida por análoga relación de afectividad.
-Al Instituto Nacional de la Seguridad Social, para recabar información, relativa a prestaciones exentas de tributaciones recibidas.
-Al Servicio Público de Empleo Estatal o la consulta de datos sobre prestaciones/subsidios por desempleo obtenidos en el ejercicio 2022, a fecha de presentación de solicitud, así como en un período concreto.
-A efectos de acreditar la situación de desempleo, estar inscrito como demandante de empleo no ocupado, y no percepción de prestación o subsidio por desempleo de fechade presentación de solicitud, así como en un período concreto.
-Información relativa a prestaciones, título familia numerosa y discapacidad, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias.
Igualmente, el Ayuntamiento consultará, a los mismos efectos los siguientes datos:
-Datos del Padrón Municipal de habitantes de las personas que sean miembros computables de la unidad familiar, así como los datos obrantes en los Servicios Sociales Municipales.
Esta autorización exime a los solicitantes de presentar documentos que puedan obtenerse mediante cruce telemático, siempre que la solicitud venga firmada por todas las personas computables a efectos de ingresos, esto es padre, madre, tutor o tutora, acogedor, y acogedora,o pareja. En caso de que alguno de los miembros computables manifestara oposición expresa,deberá aportarse la anterior documentación.
En caso de presentación de solicitud vía telemática, ya que únicamente puede ser firmada
digitalmente por uno de los miembros computables, se deberá adjuntar un documento del otro progenitor, tutor o pareja, que acredite la autorización para la consulta de datos.